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¿Me pueden prohibir tener una mascota en un inmueble de alquiler con la nueva ley de animales?

Desde el pasado 5 de enero de 2022 los animales son considerados parte del núcleo familiar, es decir, un miembro más de la familia, ante esto nos puede surgir la duda: ¿Me pueden prohibir tener una mascota en un inmueble de alquiler con la nueva ley de animales?

El pasado 6 de octubre de 2021 el Gobierno presentó la nueva Ley de Protección Animal, la cual vela por el bienestar y derechos de las mascotas. En diciembre, el Congreso aprobó la ley que considera a los animales como “seres vivos dotados de sensibilidad” y el 5 de enero de este año pasaron a ser parte del núcleo familiar, es decir, un miembro más de la familia.

Desde entonces, existe mucha disparidad si, por ser de la familia, las mascotas tienen derecho a vivir en pisos arrendados sin restricciones por parte de los propietarios. Hasta la fecha, únicamente el 5% de los pisos pisos de alquiler aceptan mascotas, según un estudio de Fotocasa. A raíz de esta nueva ley, cada vez son más las personas que tienen dudas sobre si ¿Me pueden prohibir tener una mascota en un inmueble de alquiler con la nueva ley de animales?

¿Es legal prohibir mascotas en pisos de alquiler con la nueva legislación?

Para la mayoría de dueños sus mascotas ya eran parte de su familia antes de esta ley, y mucho más ahora que los animales domésticos han pasado a formar parte del núcleo familiar de forma legal, incluso los perros y los gatos pueden sacarse un DNI animal, con el cual se pretende evitar su abandono.

Las mascotas ya son legalmente miembros de la familia, lo que ha generado dudas sobre si deben ser aceptadas obligatoriamente en pisos de alquiler.

Hay que aclarar que, a pesar de que ha cambiado la normativa sobre la consideración frente a los animales domésticos, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que es la que regula los alquileres en España, no ha cambiado. Lo que se traduce que la legislación se mantiene igual a la de antes de la nueva normativa, por lo cuál los animales son parte de la familia pero se deja libertad a los propietarios para decidir si los aceptan o no en el piso que tienen alquilado.

La Ley de Arrendamientos Urbanos deja libertad a los propietarios a la hora de decidir si admiten o no mascotas

Por tanto, la Ley de Arrendamientos Urbanos no prohíbe explícitamente la tenencia de mascotas en el hogar, pero deja libertad a los propietarios para decidir si las aceptan o no. Por tanto, y aunque no sea del agrado de todos, si el propietario de una vivienda en alquiler quiere, tiene derecho a prohibir mascotas en su vivienda, siempre que figure en una de las cláusulas del contrato de arrendamiento.

De igual forma, el inquilino tendrá derecho a tener animales en el inmueble, si no existe una cláusula específica que diga lo contrario. Por lo que, si en el contrato de alquiler el propietario no especifica de forma clara que prohíbe mascotas en su vivienda, éstas podrán habitarla, siempre que la convivencia sea respetuosa con el resto de vecinos, y se mantengan los niveles de salubridad adecuados. En cualquier caso, ambas partes deben pactar todos los detalles y reflejarlos en el contrato de alquiler de antemano a su firma.

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