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¿Por vender un inmueble hay que pagar siempre la plusvalía?

¿Por vender un inmueble hay que pagar siempre la plusvalía? Pagar la plusvalía una vez has vendido un inmueble es la opción más habitual, en cambio, no siempre sucede así. El valor del suelo es lo que grava este impuesto, en cambio, no siempre vender conlleva el pago de la plusvalía. Hoy te contamos todos los detalles para que sepas cómo vender tu casa y tramitar la compraventa con éxito de inicio a fin.

¿Cuándo no hay que pagar la plusvalía municipal por la venta de un inmueble en Madrid?

Vas a poder ahorrarte la plusvalía cuando ésta sea mayor que el beneficio obtenido tras la operación. O si directamente se vende a pérdidas, es decir, por debajo del precio de adquisición.

Por lo tanto, si se vende por debajo del precio, nuestra recomendación como profesionales inmobiliarios, es que el notario lo recoja directamente en la escritura pública de compraventa, junto con las últimas sentencias del Tribunal Constitucional. Así no quedará duda alguna de que el vendedor del inmueble en Madrid no va a tener que abonar la plusvalía municipal.

También estaremos exentos de pagar la plusvalía municipal si la venta se produce entre cónyuges o a favor de los hijos por divorcio o separación, si se lleva a cabo la fusión de una empresa o si se vende el piso al SAREB.

¿Se puede calcular la plusvalía antes de vender un inmueble?

Con la aprobación de la nueva ley hay dos mecanismos de cálculo diferentes:

  • Sigue estando vigente el sistema tradicional, el cual se sirve del valor catastral del suelo, multiplicado por el número de años transcurridos desde su adquisición y por el nuevo coeficiente que haya marcado cada Ayuntamiento correspondiente.

  • Y por otro lado estaría el nuevo modelo objetivo, también llamado plusvalía real, en el cual se obtiene la diferencia entre el precio de adquisición y el precio final de venta.

De este modo se da al usuario la opción de elegir el método más conveniente para el contribuyente y elegir entre el que le salga más económico.

¿Sería posible desgravar la plusvalía de la venta de un piso?

La palabra adecuada sería deducir. La plusvalía municipal es un gasto de la venta, y por tanto, al calcular el incremento patrimonial en la declaración de la renta del año siguiente, sí que podríamos deducirlo.

¿Cuánto tiempo hay para pagar la plusvalía al vender un inmueble?

Después de la venta de un inmueble habrá 30 días hábiles para pagar la plusvalía municipal. Si nos retrasamos en el pago, pueden pasarnos dos cosas:

  1. Que nos toque pagar fuera de plazo, sumando un porcentaje añadido en función del tiempo transcurrido desde los 30 días naturales, éste suele ser del 3% los tres primeros meses, del 10% los seis primeros meses, y del 15% si se superan los 6 meses, pero no llega al año. Y un 20% a partir del año, con intereses de demora añadidos.

  2. Que el Ayuntamiento nos haga un requerimiento, en cuyo caso habrá que pagar el recargo, junto a una posible sanción.

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